Os voy a contar mi opinión, que expresé en la Agrupación de Fotógrafos de Valencia
(Agfoval) en un caso que considero semejante a este.
Todos los meses hay un concursillo donde se pueden presentar fotografías a color. No hay otra regla. Se presuponen que tienen que ser de propiedad intelectua del que la presenta, puesto que aunque no hay nada regulado con respecto a la post producción, nadie ha dicho nada hasta que yo me levanté viendo una preciosa composición en la que sobre una vista de una puerta de una verja a la que a la otra parte estaba el toro de osborne, la patrulla ágila en el cielo y una mujer ataviada con velo. Bueno muy bonito, muy bien hecha la composición, muy critica social y todo lo que queramos. Pero a la hora de presentarla a concurso yo pregunté si todas las partes que formaban la composición las había realizado el que presentaba la obra al concurso. Siendo así no ponía ningún reparo, incluso si era mejor que las demás, que obtuviera premio. Pero si algún componente de la composición (la patrulla, la mujer, la verja, el cielo o el toro) no la había realizado él esa obra fuera descalificada puesto que infringe los derechos de la propiedad intelectual, los derechos de autor, y si yo he sido quien he puesto en internet la foto del toro, para que todo el mundo la vea y doy permiso para que la copien o trabajen sobre ella, siempre citando al autor y no obteniendo beneficio por ello (licencia creative commons) creo que estaría en mi derecho de denunciarlo, por lo menos paravque le quiten el premio.
Por ello queda claro que estoy de acuerdo que la post producción puede generar obras de arte, siempre que se respeten los derechos (y deberes ) de todas las partes implicadas.